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En terrenos cubiertos por Bosque, el SINAC no podrá autorizar el cambio de uso, pero podrá otorgar permiso en esas áreas para los siguientes fines:

1. Construir casas de habitación, oficinas, establos, corrales, viveros, caminos, puentes e instalaciones destinadas a la recreación, el ecoturismo y otras mejoras análogas en terrenos y fincas de dominio privado donde se localicen los bosques.

2. Llevar a cabo proyectos de infraestructura, estatales o privados, de conveniencia nacional.

3. Cortar los árboles por razones de seguridad humana o de interés científico.

4. Prevenir incendios forestales, desastres naturales u otras causas análogas o sus consecuencias.

5. Aprovechamiento

No todas estas actividades tendrán los mismos requisitos ni observarán exactamente el mismo trámite. El procedimiento para obtener la autorización del Estado, podrá además divergir o converger dependiendo de la magnitud del proyecto o la cantidad de actividades que se pretenda llevar a cabo. Estas autorizaciones deben ser limitadas, proporcionales y razonables para fines antes expuestos.

 
     
   
 

Normativa Asociada

        Permisos en bosque
 
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